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La Fundación guifi.net se adhiere a la manifestación convocada por Omnium Cultural el sábado día 10


logomanifestaciópetitLa Fundación privada para la Red Abierta, Libre y Neutral guifi.net da soporte a la manifestación convocada por Òmnium Cultural para el sábado día 10. Respetamos la opinión de todo el mundo, y eso significa que lo que la gente decide libremente, en paz y sin imposiciones, merece un respeto, y que no se puede ignorar, especialmente desde organismos que funcionan con una lógica que a los ciudadanos nos cuesta mucho entender, es decir, exactamente el mismo respeto que reclamamos para nosotros cuando impulsamos la red abierta.

Que también sea una «manifestación 2.0» con internet para todo el mundo

Desde guifi.net además queremos participar activamente en la promoción de redes libres en todas partes, y siguiendo la llamada a la participación de Omnium, hse ha movilizado un grupo de voluntarios que se ha propuesto ofrecer conexión libre a internet a los que asistan a la manifestación desde diversos puntos del recorrido en el Passeig de Gràcia en Barcelona para que puedan conectarse a internet, «tuitear», subir imágenes, etc... lo que quieran. Hacer un despliegue para dar cobertura a un espacio tan grande, con tanta gente y en tan poco tiempo es una empresa difícil que sólo puede ser viable gracias a la contribución con trabajo y material de muchos voluntarios, no sabemos cómo saldrá pero independientemente de todo, la participación ya es un éxito y para quitarse el sombrero.

guifi.net trabaja y trabajará siempre para hacer red abierta, libre y neutral sin fronteras ni importarnos si es aquí o en cualquier lugar del mundo. Y mientras tengamos la suerte de tener gente así, nada lo podrá parar.

En el marco de la manifestación, nuestra participación será sólo un pequeño grano de arena, esperamos sin embargo que con muchos más granos de arena, el sábado haya una gran participación y que haya una gran fiesta en paz en defensa de la libertad y la dignidad.

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En mi humilde opinión,

En mi humilde opinión, guifi.net no debería meterse en temas políticos, salvo los que tengan que ver con las redes informáticas. Supongo que aquí hay gente con diferentes ideas políticas, y no debería usarse la fundación para una opción política concreta, sea la que sea.

Como su propio nombre indica, esta red es neutral. Si se va a usar para motivos partidistas, lo siento mucho pero me daré de baja.

Un saludo.

Antonio

Esta larga discusion ya se ha mantenido en la lista de usuarios

https://llistes.projectes.lafarga.cat/pipermail/guifi-usuaris/2010-July/... i https://llistes.projectes.lafarga.cat/pipermail/guifi-usuaris/2010-July/...

Encontrarás, supongo, argumentos de todo tipo, y si quieres puedes retomar la discusión. De todas maneras hay que tener claro que por un lado està la red guifi.net y por el otro la Fundación (entidad privada para la promoción de la red). Seria el equivalente a muchas fundaciones de promocion de software libre, debian por ejemplo

Lo que si se hizo fue, a petición de la entidad convocante, proporcionar acceso a la red durante la manifestación, igual que ya se ha hecho y se harà en otros lugares con opciones politicas y sociales diversas. Personalment me encantaria montar la cobertura de algun evento de la CMT Smiling

Gracias, pero no me sirve de

Gracias, pero no me sirve de nada porque está en catalán, que no lo entiendo.

Por otra parte, no creo que veas a la FSF o a Debian manifestarse sobre Afganistán o el calentamiento global, por ejemplo (otra cosa es lo que haga por ejemplo Stallman a título personal, que sí es muy activo en política; pero ya digo, a título personal, no mete a la FSF en eso).

Si hubiera sido una iniciativa de usuarios particulares, que hubieran decidido colaborar con sus propios nodos, no tendría ninguna queja, pero al ser la fundación en sí la que da su apoyo, no me parece bien.

Si como dices la Fundación seguirá colaborando con diversas opciones políticas que nada tienen que ver con las redes, pues me daré de baja. No quiero colaborar con algo que no comparto, aunque sea indirectamente.

Imagen de knoppix

creo que

lo unico que se hizo era promover la red que es la mision de la fundacion no? como dice en los estatutos de la fundació

fundacio.guifi.net/sites/default/files/estatuts_fundacio.pdf en catalan

aqui te lo he traducido con google para que lo entiendas ...

Fundación Privada para la
Red Abierta, Libre y Neutral
guifi.net
Número de inscripción 2550 en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Catalunya
ESTATUTOS
Capítulo I. Denominación y personalidad
Artículo 1. La Fundación que se regula en estos Estatutos se denomina Fundación Privada
para la Red Abierta, Libre y Neutral, guifi.net. Se constituye como fundación privada,
sujeta a la Ley 5 / 2001, de 2 de mayo, de Fundaciones, en las restantes normas legales y
reglamentarias que le sean de aplicación y los presentes Estatutos.
Artículo 2. La Fundación se constituye por tiempo indefinido, alcanza la personalidad jurídica
con la inscripción de la carta fundacional en el Registro de Fundaciones, y goza de plena
capacidad jurídica y de obrar desde ese momento.
Capítulo II. Finalidades y ámbito de actuación
Artículo 3. Los objetivos de la Fundación se concretan en los siguientes puntos:
A) La Fundación es una plataforma de colaboración ∙ ción de Innovación, Investigación y
Desarrollo que tiene como principales finalidades de interés general:
1. Promover y fomentar el desarrollo de las redes y las infraestructuras abiertas
de información y comunicación, con vocación universal y no discriminatorio entre los
agentes y los operadores del sector. Potenciando su uso en los diferentes sectores de la
sociedad y canalizando los recursos humanos y materiales para atender las
necesidades de acceso a las mismas.
2. Promover y fomentar el derecho universal a la comunicación y la información, el intercambio
de conocimientos, a la libertad de expresión, el intercambio público y privado de opiniones y
informaciones utilizando redes e infraestructuras abiertas.
3. Promover y fomentar el derecho a acceder a una infraestructura de comunicación sin
importar donde se viva, ayudando a desarrollar una sociedad sin brecha digital, donde
se garantice el derecho a la inclusión digital de cualquier persona independientemente del
su poder adquisitivo o residencia.
4. Promover y fomentar el derecho a estándares tecnológicos abiertos, no sometidos a patentes
y condiciones discriminatorias, como por ejemplo, la complejidad innecesaria, en
hardware y software.
5. Promover la investigación avanzada en el ámbito de las redes y las infraestructuras abiertas.
6. Generar plataformas de colaboración ∙ ción entre la sociedad civil, el sector público y el
privado.
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guifi.net
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7. Establecer relaciones y col ∙ colaboraciones con otras personas y entidades afines a los objetivos
de la Fundación, participando, en su caso, en proyectos comunes dentro de cualquier
ámbito geográfico.
8. Promover la defensa de la gestión del espacio radioeléctrico, para conseguir que las
regulaciones faciliten el derecho a tener redes abiertas, promoción de la existencia de espacios
que no requieran licencias, procurar la buena gestión común y evitar la saturación
de las bandas de frecuencias no licenciadas por redes cerradas que hacen un uso
privativo.
9. Elaborar, editar, publicar y difundir estudios, propuestas y análisis relativos a estas
fines fundacionales y sus mecanismos de interacción con los diferentes agentes
de la red social.
10. Organizar cursos, seminarios, jornadas o cualquier otro tipo de foros para la
formación de personal, la discusión y difusión de los materiales elaborados, analizados o
recopilados por la Fundación.
11. Cualquier otra función que la Fundación considere de interés para el desarrollo
del conocimiento, el intercambio de experiencias e informaciones sobre las funciones
señaladas.
B) La Fundación está concebida además como un foro de encuentro de instituciones,
organizaciones y empresas interesadas en participar en un proyecto global para el
desarrollo de las infraestructuras y los servicios de red.
C) La Fundación podrá llevar a cabo sus actividades por sí misma o en colaboración ∙ colaboración
con otras entidades, públicas o privadas.
D) Todas las actividades desarrolladas por la Fundación no desvirtuar el interés general de
la Fundación ni su carácter no lucrativo.
E) Las actividades relacionadas con los fines fundacionales se llevarán a cabo según
las normas que las regulen específicamente, mediante la obtención, en su caso, los permisos
o licencias pertinentes.
F) La relación anterior no tiene un carácter limitativo ni establece un orden de prelación entre las
actividades enumeradas.
G) Las actividades de la Fundación son llevadas a cabo por profesionales, tanto trabajadores
como voluntarios, en colaboración ∙ ración. Este criterio debe mantenerse en todas las actividades de la
Fundación.
H) La Fundación explotará todos sus activos para aplicar los rendimientos que obtenga
para el mejor cumplimiento de los fines fundacionales.
I) La Fundación administrará y gestionará las donaciones y subvenciones obtenidas para la
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consecución de sus fines, pudiendo firmar, en su caso convenios de ∙ colaboración
empresarial de patrocinio.
J) La Fundación ejerce sus funciones principalmente desde Cataluña, sin
perjuicio de exercirles también desde todos los países del mundo donde pueda servir como
instrumento para la consecución de su objeto fundacional. En concreto, es propósito de la
Fundación, consolidada en su ámbito, iniciar contactos de coordinación internacional con
los mismos objetivos.
K) Promover la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional, especialmente
mediante la cooperación técnica a través de acciones, programas y proyectos de educación y
formación; de investigación y desarrollo tecnológico; de prestación de expertos;
de información, documentación, intercambio, asesoramiento, consultoría y estudios y, en general,
de todo aquello que contribuya a elevar las capacidades institucionales en los países beneficiarios.
Capítulo III. Beneficiarios
Artículo 4. Son beneficiarios de la Fundación las personas físicas, instituciones y
organizaciones y empresas con interés en los objetivos fundacionales.
El Patronato de la Fundación determina y decide discrecionalmente y con plena libertad el
programa de actividades de la Fundación, dentro de las actividades fundacionales, debiendo
determinar los beneficiarios de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad y no
discriminación.
Nadie, ni individual ni col ∙ adelante puede el ∙ alegar frente a la Fundación o de sus
órganos de gobierno ningún derecho de disfrutar de los beneficios que pueda conceder, ni imponer su
atribución a personas determinadas.
La asignación concreta de las ayudas a proyectos en el ámbito del objeto de la Fundación, estará
condicionada en todo caso, los recursos materiales, humanos y económicos de que disponga en
cada momento la Fundación.
La Fundación se reserva el derecho de revocar las ayudas, las subvenciones o los recursos en
cualquier momento ante el incumplimiento por parte de los beneficiarios de los compromisos
asumidos.
Capítulo IV. Domicilio
Artículo 5. La Fundación tiene su domicilio en Gurb (Barcelona), el Mas la Esperanza, sin
número, planta baja.
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Capítulo V. Dotación y aplicación de los recursos
Artículo 6. La dotación inicial de la Fundación queda constituida por los bienes y derechos aportados a
el acto institucional, y puede augmentarse con los bienes de cualquier naturaleza que, a título
gratuito, la Fundación adquiera con destino expreso al aumento de los capital
fundacional. Este incremento de la dotación se notificará al Protectorado en el momento
de la presentación de cuentas.
Artículo 7. Las rentas y otros ingresos anuales que obtenga la Fundación se
destinar al cumplimiento de los fines fundacionales dentro de los límites que establezca la legislación
vigente.
Artículo 8. Si la Fundación recibe bienes sin que se especifique el destino, el Patronato ha
de decidir si han de integrarse en la dotación o deben aplicarse directamente a la realización
de los fines fundacionales.
El Patronato queda facultado para efectuar en los bienes las transformaciones y modificaciones
que considere necesarias o convenientes, de conformidad con lo que aconseje el
conocimiento tecnológico de cada momento, por lo que los patrones poder hacer uso
de esta facultad tantas veces como sea necesario o conveniente. Así, pues, el capital
fundacional debe ser conservado en su forma originaria o con aquellas inversiones que
posteriormente efectúe el patronato.
Todas las actividades y actuaciones a que se hace referencia en el artículo, se deberán llevar a cabo
de conformidad con la legislación vigente en la materia.
Capítulo VI. Patronato
Artículo 9. El cargo de patrón es indefinido. El cese del cargo de patrón o patrona se
produce por muerte, por renuncia, por incapacidad, y por decisión de tres quintas partes de los
sus miembros. La elección de los patrones se hace por propuesta y votación favorable de tres
quintas partes de los miembros del Patronato.
Corresponde al Patronato la representación, el gobierno y la administración de la Fundación, pudiendo
nombrar un director y un comité de dirección con las facultades que resulten del artículo
correspondiente de estos Estatutos.
Si se constituye un comité de dirección este estará formado por el número de personas y
con el sistema de toma de acuerdos, que se fijen en el documento de constitución del mismo.
El Patronato puede nombrar grupos específicos de cola ∙ colaboradores que pueden ser integrados por
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representantes de la sociedad civil y los entornos públicos y privados que puedan participar en
la consecución de los fines fundacionales.
El Patronato tiene las facultades de administración y gestión, disposición y gravamen de bienes y
representación de la Fundación, sin las limitaciones que las resultantes de la legislación en la
materia.
Artículo 10. Corresponde especialmente al Patronato:
Representar la Fundación dentro o fuera de juicio, en toda clase de actos y contratos, y
ante la Administración y terceros, sin excepción. Asimismo, elaborar las normas y
los reglamentos complementarios de los estatutos, cuando se estime procedente.
Formular y aprobar los documentos mencionados en el artículo 29.2 de la Ley 5 / 2001, de 2
de mayo, de fundaciones.
Operar con cajas y bancos, incluido el Banco de España, y otras entidades financieras para
mediante cualquiera de las operaciones permitidas por el derecho, como son abrir cuentas
bancarios, ferne el seguimiento y cancelación ∙ larlos, contratar préstamos y créditos, con
garantías incluidas las hipotecarias o las pignoraticias o sin; gestionar
descuentos de letras de cambio, recibos y otros documentos de giro; efectuar depósitos
de dinero, valores y otros bienes, y concertar operaciones financieras y bancarias.
Dar y recibir en arrendamiento inmuebles, bienes y servicios; concretar y rescindir
contratos laborales
Nombrar apoderados generales o especiales que representen la Fundación en todas las
sus actuaciones, con las facultades necesarias y pertinentes en cada caso, con
excepción de las que por ley sean indelegables; poder conferir los oportunos poderes
con facultad de sustitución, si procede, y revocarlos en la fecha y forma que estime
procedente. Asimismo, inscribir estos actos en el Registro de Fundaciones.
Conservar los bienes y derechos que integren el patrimonio de la Fundación y mantenirne la
productividad, según los criterios financieros y de acuerdo con las circunstancias
económicas, y, a estos efectos, adquirir, enajenar y gravar bienes muebles y
inmuebles.
Velar para que se cumpla la finalidad fundacional, la realidad de la dotación y la
destino a favor de los beneficiarios de los frutos, las rentas y los bienes de que disponga
la Fundación.
Cualquier otra facultad que sea atribuida por estos estatutos o simplemente
necesaria o conveniente para llevar a cabo las actividades fundacionales.
Todas las facultades mencionadas se entienden sin perjuicio de la obtención de la autorización del
Protectorado siempre que sea legalmente preceptiva.
Artículo 11. El Patronato está formado por cinco miembros o patrones, nombrados por tiempo
indefinido. Los patrones deberán ser elegidos valorando la calidad de una reconocida
trayectoria de activismo o promoción de las finalidades de la Fundación en cualquiera de sus
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ámbitos, y de las redes abiertas en particular, y que puedan ejercer sus funciones con
preferencia e independencia de cualquier otra obediencia, ya sea de tipo político o
de interés económico.
Aparte de estos criterios principales y con el fin de proporcionar pluralidad y diversidad
el patronato, se procurará que haya miembros de diferentes generaciones, con una
diferencia de edad entre el patrón de más edad y el más joven de unos 15 años o más; que haya
algún miembro que no resida en la comarca de Osona, que preferentemente los patrones
residan en 3 o más poblaciones diferentes, que haya algún miembro procedente de la
comunidad docente en general y profesionales del sector de las telecomunicaciones o
tecnologías de la información. Estas circunstancias pueden recaer indistintamente sobre
el mismo patrón o más atendiendo a las características y el perfil personal del patrón en
cada caso.
Artículo 12. El Patronato debe designar, como mínimo, entre sus miembros un
Presidente, y un vicepresidente. Debe designar también un Secretario, que puede ser patrón o no
serlo. Si no tiene la condición de patrón, el secretario puede asistir a las reuniones con voz pero
sin voto. El resto de patrones serán vocales.
Artículo 13. Por delegación permanente del Patronato corresponde al Presidente y, en su caso,
vicepresidente, representar la Fundación. El presidente es sustituido, en caso de ausencia o
imposibilidad por el vicepresidente del Patronato.
Artículo 14. El Patronato se reunirá al menos una vez al año y, además, siempre que
sea conveniente a criterio del presidente o si lo requieren dos quintas partes de los
patrones. Las reuniones deben ser convocadas con un mínimo de 7 días naturales de antelación
quedando válidamente constituidas cuando concurran cuatro patrones. La notificación de las
convocatorias podrá ser efectuada por medios telemáticos y, a estos efectos, los
miembros del Patronato facilitarán a la Fundación su dirección electrónica.
Será válida la reunión del Patronato celebrada sin previa convocatoria si, trobantse
presentes físicamente o mediante medios tecnológicos de comunicación todos los Patrones,
aceptan por unanimidad reunirse en sesión y aprueban, igualmente por unanimidad el orden del
día a seguir.
Las reuniones se podrán celebrar en cualquier lugar donde lo acuerde el Patronato. Los Patrones hay
estarán presentes, pero también será válida la sesión realizada mediante teleconferencia,
videoconferencia u otros medios tecnológicos equiparables que permitan la comunicación
simultánea entre los miembros.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de votos de los patronos asistentes. El presidente puede
dirimir los empates con su voto de calidad.
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El secretario debe levantar acta de las reuniones, en que debe constar un resumen bastante
explicativo de las deliberaciones de la sesión, la relación textual y completa de los asistentes a
cada reunión, las votaciones producidas y los acuerdos adoptados. Estas actas deben estar
autorizadas por la firma del secretario con el visto bueno del presidente, y se
trasladar el libro correspondiente.
El secretario, con el visto bueno del presidente, puede certificar los acuerdos del Patronato.
Artículo 15. El cargo de patrón es gratuito, pero los patrones pueden ser reembolsados de los
gastos, debidamente justificados, que el ejercicio del cargo les produzca como
consecuencia de desarrollar una misión confiada en nombre e interés de la Fundación.
Los miembros del Patronato que cumplen tareas de dirección, de gerencia o
de administración pueden ser retribuidos por el ejercicio de estas actividades en el marco de una
relación contractual, incluidas las de carácter laboral, siempre que estas tareas de
dirección, de gerencia o de administración no coincidan con las que desarrollen en los
sus cargos como patrones.
Artículo 16. En las sesiones del Patronato, tanto ordinarias como extraordinarias, podrán
asistir, con voz pero sin voto, el director de la Fundación y otras personas especialmente
invitadas, su presencia no se computará a la hora de establecer los quórums
de asistencia exigidos por estos estatutos.
Artículo 17. El cargo de presidente o presidenta del Patronato se renovará cada cuatro años
entre los miembros del Patronato.
Por delegación permanente del Patronato corresponde al presidente o presidenta las funciones
siguientes:
a) Representar a la Fundación
b) Convocar las reuniones del Patronato y fixarne el orden del día.
c) Dirigir los debates, dar a conocer los resultados de las votaciones y dar por terminadas las
sesiones.
d) Aprobar las actas y signarles con el secretario o secretaria.
El Patronato también puede delegar en el presidente o presidenta las facultades que considere
convenientes, salvo las indelegables y de las que de acuerdo con estos estatutos
requieren una mayoría cualificada.
Artículo 18. El director o directora de la Fundación podrá ser designado por el Patronato.
Corresponde al director o directora las siguientes funciones:
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a) La dirección administrativa de la Fundación.
b) La dirección del personal.
c) La gestión de la contabilidad.
d) La ejecución de los acuerdos del Patronato, y para hacerlo disfruta de todas las facultades que el
Patronato le delegue, salvo las indelegables y de las que de acuerdo con estos estatutos
requieren una mayoría cualificada.
Artículo 19. El secretario o secretaria será designado por el Patronato entre sus miembros o
no. Si no es miembro del patronato, el secretario o secretaria asistirá a las reuniones de los
órganos cole ∙ dos de la Fundación con voz pero sin voto.
Corresponde al secretario o secretaria las siguientes funciones:
a) Llevar y custodiar el libro de actas.
b) Redactar las actas de las reuniones del Patronato y signarles junto con el presidente
o presidenta.
c) Entregar certificados de las actas y los acuerdos que se reflejan, con el visto bueno del
presidente o presidenta, y de cualquier libro, documento o antecedente de la Fundación.
Artículo 20. El Patronato también puede nombrar grupos específicos de cola ∙ colaboradores formados por
aquellas personas que hayan destacado por su actividad a favor de los fines y
objetivos que persigue la Fundación.
Artículo 21. El Patronato podrá designar miembros de honor de la Fundación aquellas personas
físicas o jurídicas que son merecedoras de esta distinción por sus especiales
cualidades o bien por su ayuda a la Fundación.
Los miembros de honor pueden asistir a las sesiones del Patronato con voz pero sin voto.
Capítulo VII. Ejercicio económico
Artículo 22. Los ejercicios económicos se inician el día uno (1) de enero de cada año y acabarán
el día trentaun (31) de diciembre, coincidiendo con el año natural. Anualmente, y en relación
con el cierre del ejercicio, el Patronato, de una manera simultánea y que refleje la
imagen fiel del patrimonio de la Fundación, debe formalizar el inventario y las cuentas anuales.
Artículo 23. Las cuentas deben estar integrados por:
El balance de situación, en la fecha de cierre del ejercicio, que tiene que especificar con
claridad los bienes o los elementos que se integran en la dotación o son financiados con esta
dotación.
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La cuenta de resultados.
La memoria, que debe incluir al menos:
Primero. El detalle de los recursos procedentes de otros ejercicios pendientes de destinar, en su caso.
Segundo. Los indicadores del cumplimiento de los fines fundacionales.
Tercero. El detalle de las sociedades participadas mayoritariamente, con indicación del
porcentaje de participación.
Los documentos que integran las cuentas deben ser aprobados por el Patronato dentro de los seis
meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio y firmados por el secretario con el visto bueno
del presidente.
Capítulo VIII. Modificación
Artículo 24. Los estatutos de la Fundación se pueden modificar por el acuerdo de tres quintas
partes de los miembros del Patronato, siempre que convenga al interés de la Fundación y se
tenga en cuenta la voluntad fundacional. La modificación de los estatutos se debe formalizar
mediante una escritura pública y debe inscribirse en el Registro de Fundaciones.
Capítulo IX: Fusión, escisión y extinción
Artículo 25. Para fusionar, escindir o extinguir esta entidad es necesario el acuerdo de tres
quintas partes de los miembros del Patronato y la aprobación del Protectorado.
Capítulo X: Destino del patrimonio
Artículo 26. La extinción de la Fundación determina la cesión global de todos los activos y pasivos,
la que han de llevar a cabo el Patronato y las personas liquidadoras que se nombren o, si
caso, el Protectorado. Esta cesión global, y con la autorización previa del Protectorado, se
destinará a las entidades que establece el artículo 46 de la Ley 5 / 2001, de 2 de mayo, de
fundaciones, y que serán en todo caso entidades beneficiarias del mecenazgo de acuerdo con lo
establece en cada momento la legislación fiscal aplicable.
En caso de que no se pueda hacer una cesión global se procederá a la liquidación de los activos y los
pasivos y dar al haber que resulte la aplicación establecida en el apartado anterior.


No veo qué tenga que ver la

No veo qué tenga que ver la promoción de la red con una manifestación sobre el Estatuto de Cataluña.

Imagen de knoppix

pues mucho

ya que estava todo el pueblo catalan alli de una forma unitaria .. no como partidos politicos y se defiende el derecho a decidir de un pueblo ...esto es la verdadera democracia no ...


Sigue sin tener nada que ver

Sigue sin tener nada que ver con redes, y dudo que se manifestaran los 7 millones y medio de catalanes en pleno, y aunque así fuera guifi.net no es sólo catalana. Si se quiere que sea sólo catalana y sólo proestatut, pues me parece perfecto, pero que no cuenten conmigo, y que lo digan claramente en los estatutos de guifi.net y publiquen un ideario, para que la gente sepa a qué atenerse antes de unirse.

Para decirlo más claramente, el tema no es que se esté a favor o en contra de las peticiones de los manifestantes. El tema es que guifi.net debería ser neutral en temas que no tengan que ver con redes. Personalmente, no comparto la opinión de los manifestantes, pero aunque así fuera también me opondría a que la Fundación diera su apoyo. Creo que sus funciones no son ésas.

Un saludo.

Hola, te pediría que

Hola, te pediría que esperaras un poco más y no te des de baja, porque pienso que la Fundación sí que tiene la idea de ser como tú dices y, ciertamente, pese a estar cercana ideológicamente a otras iniciativas (como pudiera ser el software libre, la wikipedia, el hardware libre, el P2P, la autodeterminación de los pueblos...) no es (o no debería ser) la política de la Fundación, ya que no es un tema de redes. Esto ha sido una excepción (la única, pienso).

En cuanto al hilo de la discusión previa, yo no lo seguí (porque sabía que iba a estar fuera ese fin de semana y me interesé por otros temas), pero que sepas que puedes participar en la discusión en tu idioma (otra gente lo hace y no hay ningún problema) y, si quieres entender lo que otros dicen, puedes utilizar este traductor en mi opinión muy bueno: http://www.internostrum.com

Saludos y gracias por tu aportación.

Gracias, sé que puedo

Gracias, sé que puedo escribir en esa lista en español, el problema es que el resto de la discusión estará en catalán. No me gusta usar traductores automáticos, no son fiables y en general son muy malos, por lo menos en inglés-español y japonés-español, que son los que puedo valorar. Para entender palabras sueltas no tengo problema en usarlos, pero para entender textos largos, y más si son de temas complejos como la política, prefiero no usarlos. Quizás sea por deformación profesional (soy traductor) pero huyo de las traducciones automáticas como de la peste.

Pues los del catalan-español son bastante dignos...

...en mi opinion. Me sorprendio bastante el del instituto Cervantes, aunque ultimamente uso el de google y lo veo bastante bien, aunque sigue siendo automàtico. Para segun que tipo de discusiones considero mejor la cerveza-terrazita-reunion que una lista de correo traducida automaticamente

La red tambien esta por encima de los idiomas

Hay varios traductores automaticos, aunque por lo que he provado no soportan https

Supongo que alguien de la Fundació verá esta entrada y contestará si lo cree conveniente, solo tener en cuenta que des de guifi.net hacemos POLITICA en mayusculas porque fiscalizamos a las administraciones públicas en lo que hacen, intervenimos en las consultas públicas, generamos opinion en los ciudadanos en lo que a redes de comunicaciones se refiere. Lo que no recuerdo es que la fundació (insisto en la separación de ambas cosas) haya tomado partido por ninguna opción.

Por otro lado la convocatória de la mani la hizo una organización cívica, no un partido político.

Respecto a la colaboración con otras entitades creo que hay que intentar colaborar con cualquiera que nos lo pida (yo me pido ir con los de la falange Sticking out tongue), quien sabe, igual la proxima será con la visita del Papa Smiling

El problema no es que se meta

El problema no es que se meta en política. Ya digo que mientras sea política sobre las redes no tengo queja. El problema es que se meta en asuntos políticos que nada tienen que ver con construir una red ciudadana abierta, libre y neutral.

Al dar apoyo técnico a la manifestación, como fundación en sí (no como usuarios particulares), en cierto modo está manifestando su favor al tema de la manifestación. Está apoyando a los que fueron a la manifestación pero no a los que no fueron a la manifestación. Una cosa es dar cobertura pasiva (como por ejemplo hizo Telefónica si los manifestantes usaron los móviles para quedar de acuerdo) y otra es dar apoyo activo desde la fundación, atendiendo una petición de los manifestantes y dándoles medios de forma gratuita que de otra forma no tendrían.

Lo de gratuito está por ver :P

Algo acabará saliendo de esta colaboración, más a la larga que a la corta. La colaboración está fue básicamente un monton de voluntarios que aportaron su tiempo y material, la Fundación solo puso el nombre (o ni eso, no estaba)

Por lo que yo entiendo de la

Por lo que yo entiendo de la noticia, la Fundación ha actuado como tal, no una parte de sus usuarios de forma personal:

La Fundación privada para la Red Abierta, Libre y Neutral guifi.net da soporte a la manifestación

Neutral de neutralidad de red no como Suiza

Por delante vaya que no soy de la fundacion. Siempre se ha dicho que guifi.net es una red Neutral en tanto que mantiene la Neutralidad de la red, es decir que no manipula el trafico que soporta. Lo digo porque leyendo el hilo parece que se le exija a la fundación que sea como Suiza.

A mi entender, si una asociacion, entidad, o colectivo que sea pide colaboración a la fundación para desplegar una red segun sus principios, es normal que le de apoyo. Si las dudas aparecen porque en este caso se la entidad en cuestion se manifestaba por un motivo que no compartes, espera a que se de soporte a otro tema  para juzgar las actuaciones de la fundación, ya que no dudo que tambien le dara soporte.

No intervine el el hilo de la lista de correo pero para mi todas estas reticencias se resolverian asumiendo que se va dar soporte a

TODO AQUEL QUE LO PIDA

en fin... solo es mi opinion, pero resolveria estas dudas i conflictos al desvincularse del motivo  en particular

saludos

 

Hola: No, mi queja no tiene

Hola:

No, mi queja no tiene nada que ver con el motivo de la manifestación. Ya he dicho que tanto estando en contra como a favor de sus reivindicaciones protestaría igual. Mi queja va porque la fundación (que se supone que representa a todos) se usa para los intereses particulares de algunos. Ya digo, si fuera iniciativa de los interesados en el tema, colaborando con sus nodos, no tendría problema, el problema es que sea la fundación la que colabore, para los intereses particulares de los manifestantes, no para ampliar o mejorar la red, que se supone que son sus objetivos (resumiendo mucho). Aquí se está dando apoyo de la fundación a un tipo de tráfico concreto (información sobre la manifestación), no simplemente conectando a usuarios, así que en mi opinión se pierde la neutralidad de la red.

En definitiva, creo que disentimos en esta frase que has dicho "A mi entender, si una asociacion, entidad, o colectivo que sea pide colaboración a la fundación para desplegar una red segun sus principios, es normal que le de apoyo.". Yo estoy en contra de eso, creo que este tipo de colaboraciones deben ser a título particular, no de la fundación. Si el resto de la gente opina lo contrario, pues creo que guifi.net no es para mí. Podemos disentir, no hay problema, de buen rollo, pero preferiría pertenecer a otro tipo de red.

No todo el mundo debe opinar

No todo el mundo debe opinar igual, entiendo que es bueno que haya opiniones diferentes, en guifi como en todas partes.

Por eso te diria que no a pesar de ese disentir, no necesariamente debas de dejar de hacer red libre ala guifi.net, pero bueno cada uno hace lo que quiere. 

SAX!!!

salut , amor i xarxa! (salud , amor y redes)