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¿Pero esto... es legal?


SI. En guifi.net, mediante la Licencia Procomún Inalámbrica, se quiere observar en todo momento el marco jurídico vigente, que actualmente es el siguiente:

  1. La red(*) se forma de manera espontánea a medida que se van incorporando nuevos miembros como nodos de la red. Para conectarse y construir una red no es necesaria ninguna autorización administrativa.
  2. Cuando la red(*) usa el espectro radioeléctrico que no requiere licencia, tampoco se necesita ninguna autorización administrativa.
  3. Cuando los usuarios entre ellos comparten contenidos a través de la red(*), incluidos los accesos a otras redes como por ejemplo Internet, implícito en cualquier red de comunicaciones, se entiende, como es lógico, que están haciendo una autoprestación, o agregando sus respectivas autoprestaciones. En ningún caso un servicio a terceros. Tampoco es necesario autorización o notificación administrativa (Art. 6.2 de la Ley 32/2003 General de Telecomunicaciones).
  4. Quien quiera ejercer actividades económicas o prestar servicios de telecomunicaciones a terceros como operador a través de la red(*) tendrá que disponer de las correspondientes autorizaciones administrativas (Licencias o autorizaciones de actividades, etc...). En cualquier caso estas actividades, aunque se ejercieran dentro de la red (*), NO tienen nada que ver con guifi.net, y solo se puede responsabilizar a quien las ejerce.

(*) Nos referimos a "la red" como a la red de comunicaciones libre y abierta que resulta de las actividades que le son propias a guifi.net